Aseo

Desvinculación servicio de ASEO

Posted on Actualizado enn

Todos los ciudadanos tenemos derecho a elegir libremente al prestador de los servicios públicos domiciliarios, a obtener sus servicios en los términos ofrecidos tanto en calidad como en cantidad, presentar peticiones respetuosas y a obtener pronta resolución.

Superservicios y SIC ponen la lupa a desvinculación de usuarios en las empresas de aseo del país

Las dos entidades se comprometieron a vigilar que las empresas de servicios públicos eviten la desvinculación de los usuarios de las empresas prestadoras del servicio de aseo. En los últimos dos años se han presentado incrementos significativos en las solicitudes de desvinculaciones al pasar de 3.602 en 2016 a 11.893 en el 2017.

Caucasia y Rionegro en Antioquia; Cali y El Cerrito en Valle del Cauca; Bucaramanga, Girón, Floridablanca y Piedecuesta en Santander; Montelíbano en Córdoba y Facatativá en Cundinamarca, son los municipios donde se han presentado el mayor número de desvinculaciones que han sido negadas por las empresas.

Entre 2016 y 2017, las solicitudes de desvinculación de los usuarios de las empresas prestadoras del servicio de aseo en el país crecieron un 300%, al pasar de 3.602 a 11.893. Y muchas de ellas fueron obstaculizadas o no permitidas por las empresas. Por tal razón, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), acordaron hacer una vigilancia especial a las empresas de servicios de aseo en el país para evitar la vulneración de los derechos de los usuarios pues la ley les permite la libre elección del prestador.

Para tal fin, las dos superintendencias acordaron trabajar conjuntamente para evitar que las empresas, en algunas ocasiones de manera inescrupulosa, obstaculicen la desvinculación de los usuarios a través de solicitudes de un sinnúmero de requisitos que en la práctica impiden la libre elección del prestador. “Los procesos de desvinculación terminan generando un aumento exponencial de los trámites no sólo en la Delegada, sino también en las Direcciones Territoriales que son responsables de atender las reclamaciones de los usuarios, en segunda instancia en la Superintendencia de Servicios Públicos”,

 

PDF Cartilla de Desvinculación

FUENTE: Superservicios

Resolución 549 de 2017 – Guía de Criterios y Actividades Mínimas de los Estudios de riesgo, Programas de Reducción de Riesgo y Planes de Contingencia de los Sistemas de Suministro de Agua para consumo Humano

Posted on Actualizado enn

Plazo. Los destinatarios de la presente resolución deberán remitir a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a los Consejos Departamentales, Distritales o Municipales para la Gestión del Riesgo, según corresponda, los estudios de riesgo, programas de reducción del riesgo y los planes de contingencia del riesgo del agua para consumo humano, en un plazo no mayor a doce (12) meses, contados a partir de la publicación de esta resolución.

157 Res-549Resolución 549 de 2017 expedida, de manera conjunta, por el Ministerio de Salud y Protección Social, y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, “Por la cual se adopta la guía que incorpora los criterios y actividades mínimas de los estudios de riesgo, programas de reducción de riesgo y planes de contingencia de los sistemas de suministro de agua para consumo humano y se dictan otras disposiciones”.

La resolución define la Guía de criterios y actividades mínimas de los estudios de riesgo, programas de reducción del riesgo y planes de contingencia de los sistemas de suministro de agua para consumo humano, de manera que, con el lleno de estos requisitos, la autoridad sanitaria emita la autorización sanitaria favorable a la persona prestadora del servicio público de acueducto.

La resolución aplica a los prestadores de servicios públicos de acueducto, que suministren o distribuyan agua para consumo humano, independientemente del tipo de alternativa de distribución del agua que utilicen.

Haga Clic aquí para conocer el documento completo

158 BM pequeñoEn B&M Proyectos y Soluciones SAS, lo Asesoramos para, adoptar los criterios y actividades mínimas que deberán tenerse en cuenta en la elaboración de los estudios de riesgo, programas de reducción de riesgo y planes de contingencia a que refiere el artículo 42 de la Ley 1523 de 2012, y establecer disposiciones relacionadas con la autorización sanitaria a que alude el artículo 28 del Decreto 1575 de 2007.

Las disposiciones contenidas en esta resolución se aplicarán a los prestadores de servicios públicos de acueducto, que suministren o distribuyan agua para consumo humano, en todo el territorio nacional, independientemente del tipo de alternativa de distribución del agua que utilicen.

Contáctenos aquí.

FUENTE: ACODAL – RESOLUCIÓN 549

Minambiente reglamenta manejo y disposición de residuos de construcción y escombros

Posted on Actualizado enn

El pasado 28 de febrero de 2017, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la Resolución 472 que reglamenta la gestión integral de los residuos de construcción y demolición, la cual aplica a personas naturales y jurídicas que generen, recolecten, transporten, almacenen, aprovechen y dispongan Residuos de Construcción y Demolición (RCD) en Colombia.

• En el país se producen más de 22 millones de toneladas de residuos de construcción.
• La meta es lograr que los grandes generadores de residuos aprovechen un porcentaje no inferior al 2% del peso total de los materiales usados en una obra.

153 EcombrosEl Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la resolución que reglamenta la gestión integral de los residuos de construcción y demolición o escombros en el país, para disminuir a las afectaciones generadas en el ambiente tales como la contaminación del aire, el agua, el suelo y el paisaje.

Según estudios realizados por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en el 2011 se produjeron en las ciudades de Bogotá, Medellín, Santiago de Cali, Manizales, Cartagena, Pereira, Ibagué, Pasto, Barranquilla, Neiva, Valledupar y San Andrés 22.270.338 toneladas de Residuos de Construcción y Demolición – RCD.

La Resolución 472 del 28 de febrero de 2017 aplica a todas las personas naturales y jurídicas que generen, recolecten, transporten, almacenen, aprovechen y dispongan RCD de las obras civiles o de otras actividades conexas en el territorio nacional.

“Adicionalmente, esta norma brinda lineamientos para el aprovechamiento y disposición final de los RCD, mediante la implementación de instrumentos y reglas para las instalaciones de gestión de RCD como los puntos limpios y plantas de aprovechamiento, en donde se llevarán a cabo la separación y el almacenamiento temporal con las condiciones mínimas de operación. Así mismo, se establecen los criterios ambientales para la localización y operación de los sitios de disposición final de RCD”, explicó el jefe de la cartera ambiental, Luis Gilberto Murillo.

La norma establece un instrumento denominado Programa de manejo ambiental de RCD para seguimiento al cumplimiento por parte de las autoridades ambientales, el cual instaura obligaciones específicas para el gran generador de estos residuos que contempla acciones orientadas a la prevención de la generación de RCD, el aprovechamiento y disposición final,

Otro de los avances de la Resolución, es el establecimiento de metas de incorporación de RCD aprovechables en las obras ejecutadas por los grandes generadores de RCD. Dichas metas son de carácter gradual, con diferentes plazos de cumplimiento dependiendo de tipo de municipio. De acuerdo con la norma la meta consiste en que los grandes generadores de residuos aprovechables de construcción y demolición utilicen un porcentaje no inferior al 2% del peso total de los materiales usados en una obra.

Con el instrumento se busca garantizar un incremento anual del 2% en peso, hasta alcanzar como mínimo un 30% de materiales aprovechables. Los municipios de categoría especial, 1, 2, y 3 asi como los proyectos, obras o actividades generadoras de RCD sujetos a licenciamiento ambiental, deberán dar cumplimiento a las metas a partir del 1 de enero de 2018.

En Colombia, la industria de la construcción consume el 40% de la energía, genera el 30% del CO2 y el 40% de los residuos. Consume el 60% de los materiales extraídos de la tierra. Adicionalmente, en la construcción se desperdicia el 20% de todos los materiales empleados en la obra.

Con esta resolución se hace posible disminuir la demanda de materias primas, además fomentar la generación de empresas gestoras de materiales de construcción y demolición. “Con lo cual nos permite avanzar en nuestras metas de desarrollo sostenible, así como consolidar una alternativa productiva para nuestras comunidades en un escenario de paz”, concluyó el Ministro Murillo.

Lea la resolución completa

FUENTE: Minambiente

Marco tarifario Acueducto – Alcantarillado y Aseo

Posted on Actualizado enn

NUEVO MARCO DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO

¿Qué es? ¿Dónde aplica? ¿Cómo funciona? ¿Qué objetivos tiene? Qué exige a las empresas? ¿Qué beneficios trae para ti? y dónde puedes consultar información adicional.

Ver video Marco tarifario de Acueducto y Alcantarillado

NUEVO MARCO DEL SERVICIO DE ASEO.

¿Qué es? ¿Dónde aplica? ¿Cómo funciona? ¿Qué objetivos tiene? Qué exige a las empresas? ¿Qué beneficios trae para ti? y dónde puedes consultar información adicional.

Ver video Marco tarifario de aseo

CÓMO SE FACTURAN LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO.

¿Qué son las tarifas? ¿Qué es lo que se te cobra en cada servicio público? ¿Quiénes reciben subsidios? ¿Quiénes pagan contribuciones? ¿Qué información debe traer tu factura? ¿Dónde puedes presentar tus reclamos? y dónde puedes consultar información adicional.

Ver video. Como se facturan los servicios

NUEVO CONSUMO BÁSICO DE AGUA EN COLOMBIA.

¿Qué es? ¿Por qué se modificó? ¿Cómo queda establecido? ¿En dónde? ¿Desde cuándo? y dónde puedes consultar información adicional.

Ver video. Nuevo consumo básico.

APROVECHAMIENTO DE RESIDUOS EN EL SERVICIO DE ASEO.

¿Cómo se incluyó en el nuevo marco del servicio de aseo? ¿Cómo se va a implementar? ¿Qué beneficios trae para tu municipio? y dónde puedes consultar información adicional.

Ver video. Aprovechamiento de residuos sólidos

FUENTE: CRA

Instrumentos de Gestión y Financiación – Servicio Público de Aseo

Posted on Actualizado enn

ALCALDES MUNICIPALES, DISTRITALES Y GOBERNADORES.

148Existe en los Departamentos y Municipios instrumentos normativos de Planeación y Gestión, así como la existencia de fuentes de financiación disponibles relacionadas con el aseguramiento de la prestación del Servicio Público de Aseo.

La obligación de garantizar la prestación eficiente de los Servicios Públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo es responsabilidad de los Municipios y/o Distritos, según lo establecido en los artículos 311 de la Constitución Política, 6 de la Ley 1551 de 2012 y 5.1 de la Ley 142 de 1994, y que por lo tanto corresponde a las administraciones Municipales realizar las gestiones necesarias para asegurar la operación, el mantenimiento y la sostenibilidad del servicio, incluyendo aquellas relacionadas con la formulación de los proyectos y la obtención de recursos.

Instrumentos de Planeación y Gestión

El país cuenta con una legislación amplia sobre prestación de Servicios Públicos, así como con instrumentos de Política, Gestion, Planeacion:

  • Plan de Ordenamiento Territorial.
  • Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos – PGIRS

 

Financiación de los proyectos de Inversión

Existen estrategias de financiación disponibles en el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico para apoyar la ejecución de proyectos de inversión relacionados con el manejo de residuos sólidos asociados al servicio público de aseo.

  • Sistema General de Participación para Agua Potable y Saneamiento Básico (Subsidios e Inversiones) – SGP-APSB.
  • Sistema General de Regalías.
  • Línea de Redescuento con Tasa Compensada.
  • Corporaciones Autónomas Regionales.
  • Recursos Propios de la Entidad Territorial y Financiación Externa
  • Asociaciones Público Privadas – APP.

 

Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento PAP-PDA.

Las fuentes de recursos descritas anteriormente, se articulan y complementan en la política pública denominada «Agua y Saneamiento para la Prosperidad-Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento PAP-PDA» reglamentada por el Decreto 1077 de 2015, busca generar armonización integral de los recursos y procesos de articulación entre la planeación municipal y regional para implementar esquemas eficientes y sostenibles en la prestación de los servicios públicos domiciliarios.

PDF Circular 2016EE0042977

 Banner ultimo1

Hacia un modelo incluyente en el servicio de aseo

Posted on Actualizado enn

145Para un ciudadano del común, latas, cartones, envases de vidrio y plásticos, son solo basura. Pero para un segmento importante de la población, es la fuente de los ingresos familiares: lo que les permite llevar el pan a sus casas: Julio Cesar Aguilera. Director Ejecutivo de la CRA

A partir del primero de abril de 2016 empezó a regir la nueva metodología tarifaria del servicio público de aseo a través de las Resoluciones CRA 720 de 2015 y 751 de 2016. Precisamente, uno de los elementos más importantes de este nuevo marco se enfoca en el trabajo del reciclador como parte del servicio público de aseo.

Esto es un avance sustancial en el merecido reconocimiento de la importante labor que ejerce el reciclador de oficio. La Corte Constitucional en el marco del auto 275 de 2011, conmina al Estado a ejercer acciones afirmativas a favor de esta población. Las acciones, en cabeza del regulador, se materializan al incluir un componente dentro de la tarifa que remunera la actividad del reciclador.

Complementario a lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, expidió el Decreto 596 de 2016, que define el esquema de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo y el régimen transitorio para la formalización de los recicladores de oficio.

Otro importante avance en este marco de aseo es la inclusión del componente de limpieza urbana en la cual se reconoce los costos de las actividades de corte de césped, poda de árboles, limpieza de playas costeras y ribereñas, lavado de áreas públicas e instalación de cestas públicas. Todo lo anterior busca apoyar el desarrollo urbanístico y ambiental de las ciudades, donde las zonas verdes, hoy por hoy, son un indicador de calidad de vida de los ciudadanos.

Un desarrollo significativo es la remuneración vía tarifa de las tecnologías alternativas al relleno sanitario para la disposición final de residuos sólidos. Con esto, actividades como el compostaje, tratamiento, incineración, entre otras, contarán con un incentivo para su desarrollo y promoción, buscando impulsar sistemas de servicios públicos ambientalmente sostenibles.

Para beneficio de los usuarios, se incorporó un régimen de calidad y descuentos a través del cual una falla en la calidad técnica del servicio prestado, es decir en la frecuencia y horario de recolección, deberá ser objeto de una reducción en la tarifa. Igualmente, cuando se presenten fallas relacionadas a la gestión comercial y la calidad de compactación del relleno sanitario. Lo anterior, además de reflejarse en descuentos en la tarifa, se erige como una herramienta de supervisión por parte de la ciudadanía en cuanto al servicio prestado.

Finalmente, si la tarea está pendiente por hacer, es importante hacer un llamado a los municipios a que conozcan y se actualicen con la nueva metodología tarifaria, y en esa medida desarrollen y expidan su Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (Pgirs). Para ello, deben considerar los términos definidos en la Resolución 754 de 2014 “Los lineamientos para la elaboración de censos de recicladores”, el Decreto 1077 de 2015 y el Decreto 596 de 2016.

FUENTE: Diario la República

Banco Mundial escoge marco de aseo colombiano como ejemplo de buenas prácticas en América Latina

Posted on

80 AseoJulio 02 de 2014. El marco tarifario de aseo colombiano, desarrollado por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), fue seleccionado por un equipo del Banco Mundial especializado en manejo de residuos sólidos como ejemplo de buenas prácticas para la gestión de residuos municipales en América Latina.

De acuerdo con el Departamento de Desarrollo Sostenible para la Región de América Latina y El Caribe del Banco Mundial, «el caso del marco tarifario colombiano ha sido seleccionado como un ejemplo de buena práctica debido a su exitoso modelo regulatorio, que permite un manejo eficiente de los residuos municipales en todas sus fases e incluye un elaborado cálculo para establecer las tarifas techo, incentivando la participación privada, y al mismo tiempo protegiendo a los usuarios».

Agrega la comunicación del organismo internacional que «El modelo centralizado de Colombia es un ejemplo único de sostenibilidad financiera para el sector, que permitió alcanzar un índice de recaudación entre los más altos en la región. Es de vital importancia resaltar iniciativas similares que pueden servir como ejemplos para otros gobiernos de la América Latina».

Finalmente, el Banco Mundial realizó un video explicativo del Marco Tarifario de Aseo en Colombia.