Servicios Públicos

OBLIGACIONES DE LOS ALCALDES

Los Alcaldes de los Municipios de Colombia, como jefes de la Administración local y Representantes legales, quienes tienen la enorme responsabilidad de hacer realidad los postulados del Estado Social de Derecho¹ en su respectiva jurisdicción.

La Constitución Política de 1991 (artículo 311), reconociendo la realidad de nuestro país, consagra al Municipio como la entidad fundamental de la división política administrativa de Colombia y por lo mismo, indica que a éste le corresponde “prestar los servicios públicos que determine la ley”. Enorme responsabilidad que por cierto, recae en forma inmediata en cabeza del Alcalde. De acuerdo a lo anterior, la gestión efectiva de un Alcalde se puede medir, con la respuesta que las comunidades den a la pregunta de si los servicios públicos fueron debidamente prestados.

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¹ En Sentencia C-150 de 2003 la Corte Constitucional precisó el concepto de Estado Social de Derecho así: “La fórmula política del   Estado social de derecho exige que los órganos del Estado forjen la realidad institucional según los principios fundamentales de       una organización social justa de hombres y mujeres igualmente dignos (Preámbulo y arts. 1°, 2°, 13, 42 a 50, 363 y 366 de la C.P.). Ello supone, entre otras cosas, la superación del concepto formal de Estado de derecho, limitado a la provisión de garantías y procedimientos necesarios para asegurar la libertad legal de la persona, y sometido, desde principios del Siglo XX, a la crítica socialista según la cual éste se limitaba a reflejar los intereses de propietarios, empresarios y comerciantes. Tal superación implica, además, la vinculación jurídica de las autoridades a unos principios tendientes a asegurar la efectividad de los derechos y deberes de todos, particularmente, mediante la previsión del mínimo vital, la promoción de la participación de los individuos en la vida política, económica y cultural, la protección especial a personas y grupos excluidos y la intervención en la economía con miras a corregir con medidas redistributivas las situaciones de grave desigualdad e inequidad existentes en la sociedad. Así lo ha dicho la Corte desde sus inicios.”

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INTERVENTORÍA JURÍDICA, FINANCIERA, ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA A LOS CONTRATOS DE OPERACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO, ASEO Y ALUMBRADO PÚBLICO

La prestación de los servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado, Aseo y Alumbrado Público, es de orden exclusivamente Municipal, por tanto el manejo y control del servicio en todas y cada una de las etapas corresponde única y exclusivamente al Municipio.

Para el Municipio es de imperante necesidad la contratación de interventoria especializada para el control y cumplimiento de los contratos, actos administrativos, etc., realizados con sociedades o empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios en su municipio.

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ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA

El Alcalde como representante del municipio, es quien debe aplicar las metodologías que establezca el Gobierno Nacional para efectos de estratificar los inmuebles residenciales que deben recibir servicios públicos.

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PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL POT

Es obligatoriedad para los municipios de expedir el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) como un instrumento de planeación y gestión del desarrollo del ente territorial.

Dentro de los objetivos a los cuales se debe dirigir el POT se encuentra el de satisfacer las necesidades de los ciudadanos para que puedan acceder más fácilmente a los servicios públicos domiciliarios. En este sentido, la organización del territorio y el uso del suelo deben estar encaminados a garantizar el acceso a estos servicios por parte de los habitantes; es por eso que dentro del Plan de Ordenamiento Territorial de cada uno de los municipios, debe existir un importante componente relativo al acceso y cobertura de las redes de servicios públicos.

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PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS PGIRS.

El PGIRS es el instrumento con el cual cuenta el Municipio para planificar todas las actividades necesarias para la prestación del servicio ordinario se aseo a todos los habitantes, estableciendo objetivos y metas a cumplir en corto, mediano y largo plazo, buscando siempre mejorar la calidad de vida de la población, ofreciendo un servicio estándar que pueda ser pagado por los usuarios.

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